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APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 10/2020

NOTA ACLARATORIA DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA EN RELACIÓN CON LA APLICACIÓN DEL REAL DECRETO 10/2020, DE 29 DE MARZO NORMATIVA TENIDA EN CUENTA

  • Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por Real Decreto
    465/2020, de 17 de marzo.
  • Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
     Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de  declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.
  • Nota interpretativa del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para el sector industrial sobre la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.
  • Aclaración del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana respecto a los criterios a aplicar en materia de transportes de mercancías como consecuencia de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.

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